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miércoles, 22 de abril de 2020

¿PUEDO CIRCULAR SIN TENGO LA ITV CADUCADA ANTES DEL ESTADO DE ALARMA?







Entre las numerosas dudas que han surgido durante el estado de alarma en materia de tráfico; una es sin duda esta cuestión.

Como en todo lo que está pasando en nuestro país, la crisis sanitaria del COVID-19 también ha afectado a la ITV de los vehículos; suspendiendo la actividad inspectora de las estaciones de  la Inspección Técnica  de Vehículo (ITV) en todo el territorio nacional, siendo imposible pasarla durante el estado de alarma.

El Real Decreto 463/2020 establece en su disposición adicional tercera:   “Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo”.

Por tanto, durante el estado de alarma los vehículos pueden circular con la Inspección Técnica de Vehículo caducada y no podrán ser denunciados al estar suspendido los plazos administrativos, aunque hayan caducado anteriormente al estado de alarma.

Actualmente la vigilancia y control de tráfico de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad están orientados a controlar los desplazamientos y no tiene por objeto controlar las ITV.