Tras la aprobación el pasado viernes en el Consejo de Ministros del Real Decreto Ley 10/2015 y su posterior publicación en el BOE el pasado sábado, su aplicación práctica inmediata para todos los empleados públicos de la Ciudad Autónoma de Ceuta es la siguiente:
RECUPERACIÓN DE PARTE DE LA PAGA EXTRA DE DICIEMBRE
DE 2012: (PARTE A RECUPERAR: El 26,23%.)
El RD-Ley dice que para
la Ciudad Autónoma de Ceuta se abonará "si
así lo acuerda y si su situación económico financiera lo hiciera posible. De no
permitirlo su situación económico financiera en 2015, el abono podrá hacerse en
el primer ejercicio presupuestario en que dicha situación lo permita."
La UGT ya ha solicitado una Mesa Negociadora
con CARACTER URGENTE para que la Ciudad nos la abone en nómina aparte
(para que no se dispare la tributación al IRPF) durante el mes de OCTUBRE.
DÍAS DE PERMISO POR ASUNTOS PARTICULARES:
El RD-Ley dice que "Se recuperará el 6º día de Asuntos Particulares,
para todas los Empleados Públicos de todas las Administraciones Públicas, al
ser una modificación del art. 48.k del EBEP." Por tanto este sexto día
de asuntos particulares ya se puede pedir a partir de hoy lunes.
La UGT en la Mesa Negociadora exigirá
la RECUPERACIÓN del 7º y del 8º día de Asuntos
Particulares que teníamos reconocidos por el Acuerdo Regulador - Convenio
Colectivo.
DÍAS
ADICIONALES DE ASUNTOS PARTICULARES, POR ANTIGÚEDAD:
2 Días
Adicionales al cumplir el 6° Trienio.
1 día Adicional más por cada Trienio cumplido a
partir del 8º Trienio.
El RD-Ley dice que para
la Ciudad Autónoma de Ceuta se implantarán los Días Adicionales de Asuntos
Particulares por Antigüedad, si así lo acuerda la misma, con la siguiente
redacción : "Las Administraciones
Públicas podrán establecer hasta dos días adicionales de permiso por asuntos
particulares al cumplir el sexto trienio, incrementándose, como máximo, en un
día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo."
La UGT en la Mesa Negociadora exigirá
la APLICACIÓN INMEDIATA de este punto para que pueda ser efectivo ya en
este mes de septiembre.
DÍAS ADICIONALES DE VACACIONES POR ANTIGÜEDAD:
En la Administración
General del Estado se implantan dichos Días Adicionales, en la siguiente forma:
- Quince años de servicio: Veintitrés días hábiles. (Un día más de los 22
días hábiles de vacaciones que tenemos).
- Veinte años de servicio: Veinticuatro días hábiles. (Dos días más de
los 22 días hábiles).
- Veinticinco años de servicio: Veinticinco días hábiles. (Tres días más
de los 22 días hábiles).
- Treinta o más años de
servicio: Veintiséis días hábiles. (Cuatro días más de los 22 días).
El RD-Ley dice que para
la Ciudad Autónoma de Ceuta se implantarán Días Adicionales si así lo decide la
misma, con la siguiente redacción: "Cada
Administración Pública podrá establecer hasta un máximo de cuatro días adicionales de
vacaciones en función del tiempo de servidos prestados por los funcionarios
públicos."
La UGT en la Mesa
Negociadora exigirá la APLICACIÓN INMEDIATA de estos días tal como se
aplica en la Administración General del Estado para que pueda ser efectivo ya
en este mes de septiembre.
Os tendremos puntualmente
informados de la convocatoria de la Mesa Negociadora, de su celebración y de
los acuerdos que se alcancen. No obstante para cualquier duda que tengáis
respecto a este Real Decreto, o cualquier otro asunto podéis consultarnos
llamando al 956 52 81 20 (50120 el corto) o mediante correos
electrónico a ugt@ceuta.es y en cualquier caso recordaros dos aspectos
importantes:
1º Que todos estos días
adicionales que vamos a recuperar se podrán DISFRUTAR hasta el 31 de
enero de 2016.
2º Que desde el pasado
mes de julio, como ya os informamos en su momento, los asuntos particulares y días
adicionales por antigüedad PUEDEN ACUMULARSE a las vacaciones. Y que la
denegación de la acumulación por parte del correspondiente Jefe del Servicio
habrá de hacerse mediante RESOLUCIÓN MOTIVADA que podrá ser recurrida
ante la jurisdicción correspondiente.