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lunes, 14 de septiembre de 2015

FSP-UGT INFOMA SOBRE CONSEJO DE MINISTROS DEL REAL DECRETO LEY 10/2015


Tras la aprobación el pasado viernes en el Consejo de Ministros del Real Decreto Ley 10/2015 y su posterior publicación en el BOE el pasado sábado, su aplicación práctica inmediata para todos los empleados públicos de la Ciudad Autónoma de Ceuta es la siguiente:


RECUPERACIÓN DE PARTE DE LA PAGA EXTRA DE DICIEMBRE DE 2012: (PARTE A RECUPERAR: El 26,23%.)
El RD-Ley dice que para la Ciudad Autónoma de Ceuta se abonará "si así lo acuerda y si su situación económico financiera lo hiciera posible. De no permitirlo su situación económico financiera en 2015, el abono podrá hacerse en el primer ejercicio presupuestario en que dicha situación lo permita."
La UGT ya ha solicitado una Mesa Negociadora con CARACTER URGENTE para que la Ciudad nos la abone en nómina aparte (para que no se dispare la tributación al IRPF) durante el mes de OCTUBRE.

DÍAS DE PERMISO POR ASUNTOS PARTICULARES:
El RD-Ley dice que "Se recuperará el 6º día de Asuntos Particulares, para todas los Empleados Públicos de todas las Administraciones Públicas, al ser una modificación del art. 48.k del EBEP." Por tanto este sexto día de asuntos particulares ya se puede pedir a partir de hoy lunes.
La UGT en la Mesa Negociadora exigirá la RECUPERACIÓN del y del día de Asuntos Particulares que teníamos reconocidos por el Acuerdo Regulador - Convenio Colectivo.

DÍAS ADICIONALES DE ASUNTOS PARTICULARES, POR ANTIGÚEDAD:

2 Días Adicionales al cumplir el 6° Trienio.
1 día Adicional más por cada Trienio cumplido a partir del 8º Trienio.
El RD-Ley dice que para la Ciudad Autónoma de Ceuta se implantarán los Días Adicionales de Asuntos Particulares por Antigüedad, si así lo acuerda la misma, con la siguiente redacción : "Las Administraciones Públicas podrán establecer hasta dos días adicionales de permiso por asuntos particulares al cumplir el sexto trienio, incrementándose, como máximo, en un día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo."
La UGT en la Mesa Negociadora exigirá la APLICACIÓN INMEDIATA de este punto para que pueda ser efectivo ya en este mes de septiembre.

DÍAS ADICIONALES DE VACACIONES POR ANTIGÜEDAD:
En la Administración General del Estado se implantan dichos Días Adicionales, en la siguiente forma:
- Quince años de servicio: Veintitrés días hábiles. (Un día más de los 22 días hábiles de vacaciones que tenemos).
- Veinte años de servicio: Veinticuatro días hábiles. (Dos días más de los 22 días hábiles).
- Veinticinco años de servicio: Veinticinco días hábiles. (Tres días más de los 22 días hábiles).
- Treinta o más años de servicio: Veintiséis días hábiles. (Cuatro días más de los 22 días).
El RD-Ley dice que para la Ciudad Autónoma de Ceuta se implantarán Días Adicionales si así lo decide la misma, con la siguiente redacción: "Cada Administración Pública podrá establecer hasta un  máximo de cuatro días adicionales de vacaciones en función del tiempo de servidos prestados por los funcionarios públicos."
La UGT en la Mesa Negociadora exigirá la APLICACIÓN INMEDIATA de estos días tal como se aplica en la Administración General del Estado para que pueda ser efectivo ya en este mes de septiembre.
Os tendremos puntualmente informados de la convocatoria de la Mesa Negociadora, de su celebración y de los acuerdos que se alcancen. No obstante para cualquier duda que tengáis respecto a este Real Decreto, o cualquier otro asunto podéis consultarnos llamando al 956 52 81 20 (50120 el corto) o mediante correos electrónico a ugt@ceuta.es y en cualquier caso recordaros dos aspectos importantes:
1º Que todos estos días adicionales que vamos a recuperar se podrán DISFRUTAR hasta el 31 de enero de 2016.

2º Que desde el pasado mes de julio, como ya os informamos en su momento, los asuntos particulares y días adicionales por antigüedad PUEDEN ACUMULARSE a las vacaciones. Y que la denegación de la acumulación por parte del correspondiente Jefe del Servicio habrá de hacerse mediante RESOLUCIÓN MOTIVADA que podrá ser recurrida ante la jurisdicción correspondiente.